jueves, 25 de julio de 2013

BENEFICIOS DE LA REGLAMENTACION DE LA LEY NACIONAL DE CONTROL DEL TABACO



   BENEFICIOS DE LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY NACIONAL DE CONTROL DEL TABACO



LA SALUD DE LOS ARGENTINOS VA A MEJORAR NOTABLEMENTE EN LOS PRÓXIMOS AÑOS

Miles de muertes, infartos y accidentes cerebrovasculares podrán prevenirse a partir de la vigencia plena de la Ley Nacional de Control del Tabaco, según un estudio desarrollado por investigadores argentinos, publicado en una prestigiosa revista internacional.

El estudio demuestra que la vigencia plena de la Ley Nacional de Control del Tabaco –a partir de su reglamentación- evitará en Argentina 7500 muertes por enfermedades cardiovasculares, 16.900 infartos y 4.300 accidentes cerebrovasculares en los próximos 8 años,  beneficios que comenzarán a mostrarse de inmediato y que posibilitarán ya para el año 2016, salvar 4.200 vidas.
 Estos contundentes beneficios que la ley producirá en la situación de salud de la ciudadanía argentina son algunos de los resultados de un estudio desarrollado por investigadores del Ministerio de Salud, del Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES), de la Universidad de California San Francisco y de la Universidad de Buenos Aires, que fue publicado en la prestigiosa revista científica internacional Tobacco Control.
 “La reciente reglamentación de esta ley tiene un impacto sanitario aún mayor que el que documenta el estudio"  -destacó el Dr. Raúl Mejía, coordinador del Área de Control del Tabaco- “ya que hay que agregar además, los beneficios derivados de la reducción de casos de cáncer de pulmón, lo que no sólo mejorará la calidad de vida de las personas  sino también evitará un gran número adicional de muertes.
Cabe destacar que los investigadores hallaron que estos beneficios podrán potenciarse si la implementación de la ley se acompaña de un aumento significativo en el precio de los paquetes de cigarrillos, ya que ésta es una de las medidas que mayor efecto produce en la reducción del consumo de tabaco, sobre todo en los jóvenes. De este modo, el incremento del precio de los paquetes de cigarrillos  agregado a la vigencia de la ley, podría evitar 15.500 muertes por enfermedades cardiovasculares, 34.600 infartos y 11.900 accidentes cerebrovasculares.
Aunque el impacto positivo de la ley alcanzará a toda la  sociedad, el grupo más beneficiado serán los varones menores de 55 años de edad, en quienes se ha observado mayor prevalencia en el consumo de tabaco, además de una mayor tendencia a padecer enfermedades cardiovasculares y mortalidad ocasionada por este tipo de patologías.
En definitiva, estas medidas contribuirán a ayudar a los fumadores a dejar el cigarrillo y proteger el derecho de los no fumadores a respirar aire libre de humo de tabaco a fin de generar una respuesta eficaz a una de las más severas problemáticas que enfrenta la salud pública en el mundo y también en nuestro país.

Situación del tabaquismo en Argentina
Si bien el tabaquismo es la principal causa de muerte prevenible en nuestro país, se estima que causa anualmente más de 40.000 fallecimientos, ocasionados por enfermedades del corazón, respiratorias y cáncer.
Argentina es uno de 20 países del mundo que implementa la Encuesta Mundial de Tabaquismo en Adultos (EMTA), orientada a obtener información sobre aspectos tales como uso de tabaco; exposición al humo de tabaco ajeno; cesación de consumo; mensajes en medios de comunicación y conocimientos, actitudes y percepciones de la población.
En el último sondeo, realizado en 2012 por el Ministerio de Salud de la Nación y el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC),  fueron entrevistadas 6.645 personas mayores de 15 años de todo el país. Los principales resultados fueron los siguientes:

  • El 22,1% de la población argentina (6,1 millones de adultos) fuma tabaco. En los varones el porcentaje de fumadores es del 29,4 % y en las mujeres, el 15,6 %. La mayor proporción de fumadores –28,2%– se encuentra entre los adultos jóvenes de 25 a 34 años.
  • Un 33% de los adultos (9,1 millones de adultos) estuvieron expuestos en sus propios hogares a humo de tabaco ajeno, mientras que un 31,6% de los que trabajan en ambientes cerrados (3,4 millones de adultos) padecieron dicha exposición en sus sitios laborales.
  • Un  98,3% de los entrevistados  cree que fumar causa enfermedades graves y un 92,6 % cree que respirar humo de tabaco ajeno produce enfermedades graves también en los no fumadores.

Ley Nacional de Control del Tabaco
La Ley 26.687, cuyo objetivo es regular la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco, se reglamentó el 29 de mayo de 2013 a través del decreto 602/2013, publicado en el Boletín Oficial.
Los principales aspectos de la ley -basados en las recomendaciones del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) de la Organización Mundial de la Salud (OMS)-, establecen:
     - La prohibición de fumar en todos los espacios cerrados de uso público o privado tales como  casinos y bingos, boliches, bares y restaurantes, teatros, museos y bibliotecas, transporte público, estadios cubiertos y lugares de trabajo públicos y privados.
       - La prohibición de la publicidad, promoción y patrocinio de cigarrillos o productos elaborados con tabaco en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación, con excepción de la publicidad o promoción que se realice en el interior de los lugares de venta, que solamente podrá realizarse a través de carteles, que no podrán ser vistos desde el exterior del local, no permitiéndose el uso de carteles lumínicos, pantallas u otros dispositivos.
      - La inclusión de advertencias sanitarias con imágenes (“Fumar causa impotencia sexual”, “Fumar causa cáncer”, “Fumar quita años de vida”) y de la línea gratuita para dejar de fumar 0800 222 1002 del Ministerio de Salud de la Nación. Además, ya no podrán utilizarse las denominaciones “Light”, “Suave”,  “Bajo contenido de alquitrán” o términos engañosos similares.
      - La prohibición de la venta a personas menores de 18 años.
      - La prohibición de venta de cigarrillos en centros de enseñanza, establecimientos hospitalarios, edificios públicos, medios de transporte, y en museos, clubes o lugares de espectáculos públicos, como teatros, cines o estadios deportivos.
      - La prohibición de la venta de cigarrillos sueltos, en atados de menos de diez unidades y a través de máquinas expendedoras.
     - El pago de multas equivalente al precio de entre doscientos cincuenta y un millón de atados de veinte cigarrillos del mayor precio por incumplimiento de la ley.  

Políticas sanitarias de prevención y control del tabaco
 Desde 2002 Argentina trabaja intensamente para garantizar políticas integrales destinadas a enfrentar eficazmente esta problemática. La prevención del inicio del consumo –orientada a jóvenes–, la cesación tabáquica –dirigida a fumadores adultos–, la promoción de ambientes 100 por ciento libres de humo de tabaco y el apoyo a la legislación nacional e internacional, constituyen algunos de los principales lineamientos que han posibilitado logros tales como la reducción del porcentaje de fumadores y la disminución de la exposición al humo de tabaco ajeno, según lo indican las estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación.

El estudio: Konfino J, Ferrante D, Mejia R, Coxson P, Moran A, Goldman L, Perez Stable EJ. Impact on cardiovascular disease events of the implementation of Argentina’s national tobacco control law. Tobacco Control 2012;0:1–8. doi:10.1136/tobaccocontrol-2012-050599, puede solicitarse al siguiente mail del INC: controldeltabaco.inc@gmail.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario